Sobretasa municipal o distrital a la gasolina motor
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Trámite
PresencialDeclaración y pago que se genera por el consumo de gasolina motor extra y corriente nacional o importada, en la jurisdicción. Los responsables son los distribuidores mayoristas, los productores e importadores, los transportadores y expendedores al detal cuando no puedan justificar debidamente la procedencia de la gasolina que transporten o expendan y los distribuidores minoristas.
Alcaldía municipal de San Rafael / Antioquia. CL 20 # 20 - 35 Teléfono: 8586533
Hora de atención:
Martes a viernes de 8:00 am - 12:00 m y de 1:00 pm - 6:00 pm. Sábados de 7:00 am - 3:00 pm
Lugar de pago: Primer piso de la Alcaldía Municipal, Secretaría de Hacienda
Tiempo de respuesta: 15 días
Formulario:
Declaración de la sobretasa municipal y distrital a la gasolina motor
Disponible para ser: Diligenciable
Anotaciones
- Ley 488 de 1998, (Artículos 117-120, 122-126)
- Decreto 1505 de 2002, (Artículos 4, 6)
- Ley 681 de 2001, (Artículo 4)
- Acuerdo 019 de 2013, (Artículo 119 -122)
- Decreto 2653 de 1998, (Artículo 3, 4)
- Ley 788 de 2002, (Artículos 55, 56)